Familia

Órdenes de protección civil de menores

Una orden de protección puede mantenerlo seguro si está sufriendo abuso de alguien que es menor de 18 años de edad. Obtenga más información sobre las Órdenes de protección civil de menores de Ohio

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Entender lo básico

Lo que tiene que saber para actuar.
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Una orden de protección es un documento oficial emitido por un juez. Cuando un juez dicta una orden de protección, le está ordenando al abusador que deje de hacer ciertos actos para mantener la seguridad de la víctima. La orden de protección le puede decir al abusador que deje de:

  • Causarle daño
  • Amenazarlo
  • Ponerse en contacto con usted
  • Ir a su casa o lugar de trabajo

La corte puede ordenar otras protecciones, como obligar al abusador a mudarse de su casa o irse a otra escuela.

En Ohio, hay dos tipos de órdenes de protección civil para proteger a personas contra abusadores menores de 18 años de edad.

  • Las Órdenes de protección civil de menores contra la violencia doméstica  pueden proteger a un familiar o miembro del hogar que ha sido víctima de violencia en el hogar o un delito de índole sexual cometido por un menor de edad.
  • Las Órdenes de protección civil de menores pueden proteger a cualquiera que haya sido víctima de una agresión delictiva, agresión grave, agresión, amenaza grave, amenaza por acoso, amenaza, entrada agravada sin derecho o delitos de índole sexual cometidos por un menor de edad.

El hecho de presentar una solicitud de orden de protección civil no garantiza su seguridad. Obtenga información aquí sobre los otros tipos de órdenes de protección en Ohio y el riesgo de presentar una solicitud de orden de protección civil.

Cómo obtener una Orden de protección civil de menores

No necesita un abogado para solicitar una orden de protección, pero podría ser útil tenerlo. Algunos abogados lo pueden ayudar sin cargo. Algunas cortes también tienen departamentos especiales que lo pueden ayudar en el proceso de obtener de una orden de protección civil. Los defensores comunitarios también pueden ayudarlo sin cargo. Consulte los recursos de gobierno y comunitarios de su zona para averiguar si la corte tiene un Centro de ayuda de violencia doméstica u otros recursos.

Para obtener una Orden de protección civil de menores:

  • Obtenga los formularios y llénelos. Puede obtener la Petición de orden de protección civil de menores contra la violencia doméstica (Petition for a Domestic Violence Juvenile Civil Protection Order) o una Orden de protección civil de menores (Juvenile Civil Protection Order) aquí. Ponga detalles sobre la violencia, amenaza de violencia y acoso recientes, y antecedentes de violencia, amenazas y acechos en el pasado. Puede adjuntar páginas adicionales. La corte puede limitar su caso a los incidentes descritos en los formularios. Así que ponga todos los eventos que quiere que la corte considere.
  • Hable con un experto. Antes de hacer su presentación, hable con un abogado o un defensor de una organización local de violencia en el hogar o violencia sexual. Un abogado le puede ayudar a comprender su situación legal completa y los riesgos de tomar distintas acciones legales. Los defensores pueden ayudarle a comprender los riesgos adicionales de seguridad que puede correr, conectarlo con servicios y ayudarle a llenar los formularios. A veces, los defensores pueden acompañarlo a la corte. 
  • Presente los formularios. Comuníquese con la Corte de menores de la zona donde vive. Su corte puede tener otros formularios locales que tiene que presentar con su petición, así que pregúntele al secretario si se requieren más formularios antes de hacer la presentación. Para presentar el formulario, tiene que ir en persona a la oficina del secretario..
  • Asista a la audiencia ex parte. El día que presente una solicitud de Orden de protección civil de violencia en el hogar contra menores, o a más tardar el día siguiente para una Orden de protección civil contra menores, la corte realizará una audiencia de emergencia, llamada audiencia “ex parte”. El demandado no estará presente en la audiencia ex parte. En esta audiencia, usted (y su abogado, si lo tiene) se reunirán con el juez. Su defensor también tiene permiso para estar presente en esta audiencia. El juez revisará sus formularios y quizás le haga algunas preguntas. Después, el juez decidirá si necesita una orden de protección de emergencia “ex parte” que entra en vigor inmediatamente. 
  • Complete la notificación del aviso legal. “Notificación” o "entrega" es cuando la corte le comunica oficialmente al abusador sobre su presentación. Cuando llene sus formularios de orden de protección civil, tendrá que completar la sección “Request for Service” (Solicitud de notificación) en la última página de la petición. Aquí es donde le dirá la corte cómo quiere que se realice la notificación, ya sea por entrega personal por parte de un alguacil, correo certificado o ambos. Después de hacer su presentación, tiene que verificar en la oficina del secretario que se completó la notificación. Su caso no se puede considerar en una audiencia plena hasta que no se haya completado la notificación.
  • Asista a la audiencia plena. Ya sea que le hayan dado o no una orden de protección de emergencia “ex parte”, la corte realizará una audiencia plena, generalmente dentro de 7 a 10 días hábiles. En la audiencia plena, usted puede testificar y presentar pruebas y testigos para demostrarle al juez por qué necesita una orden de protección. Tiene que demostrar que las acciones del abusador han cumplido con los requisitos para dictar una orden de protección civil.
  • Tenga cuidado con los acuerdos.
    • En casos de Orden de protección civil de menores contra la violencia doméstica, usted y la otra parte pueden negociar un “acuerdo de consentimiento” que define los términos de la orden de protección. A diferencia de una orden de protección regular, cuando se llega a un acuerdo de consentimiento la corte no tiene que dictaminar que ocurrió violencia, solo que las partes llegaron a un acuerdo sobre la orden. Si la otra parte quiere negociar un acuerdo de consentimiento, debería consultar primero con un abogado para averiguar si podría correr un riesgo legal. 
    • Si está obteniendo una Orden de protección de menores, si bien la ley no permite los acuerdos de consentimiento en estos casos, muchas cortes les piden a las partes que lleguen a un acuerdo en vez de ir a una audiencia. El acuerdo debería explicar lo que el abusador, y a veces usted, puede y no puede hacer. Si llega a un acuerdo, la corte no tendrá que dar un dictamen sobre si se produjo o no la violencia, sino simplemente indicar que las partes se pusieron de acuerdo en la orden. Un acuerdo le puede dar al abusador una ventaja legal. Algunas cortes pueden considerar una “orden mutua de mantenerse alejado”, que es distinto que llegar a un acuerdo. Si la otra parte quiere negociar un acuerdo u “orden mutua de mantenerse alejado”, debería consultar primero con un abogado para averiguar si podría correr un riesgo legal. 
  • Obtenga una orden de la corte. La corte dicta la orden después de la audiencia. Tenga la orden de protección siempre consigo, en caso de que necesite llamar a la policía para hacerla cumplir. Entregue una copia a las personas que puedan necesitarla (como a la escuela). También puede compartirla con su empleador si se siente cómodo divulgando esa información.

Cómo hacer cumplir una orden de protección

Si el abusador contraviene las reglas de una orden de protección civil o penal, eso constituye una “contravención de la orden de protección” y puede ser arrestado o quedar sujeto a otras consecuencias.

Si el abusador contraviene la orden de protección:

  • Debería llamar a la policía. La policía puede hacer cumplir órdenes de protección y arrestar al contraventor.
  • La policía o el fiscal pueden presentar cargos penales . Si es condenado, el abusador puede quedar sujeto a multas, una condena condicional o encarcelamiento.
  • Para órdenes de protección civil, la corte que dictó la orden también puede declarar que el abusador está en desacato de la corte. Cuando alguien no cumple con una orden de protección civil, puede pedirle a la corte que dictó la orden que lo declare en desacato. Si está en desacato, el abusador puede quedar sujeto a multas o encarcelamiento. El proceso para pedir que se declare a alguien en desacato es complicado, así que debería hablar con un abogado o defensor antes de hacer la presentación.

Si no se siente seguro llamando a la policía, comuníquese con un abogado o defensor para determinar sus mejores opciones.

Cómo renovar una orden de protección civil

Para extender o renovar una orden de protección, tiene que solicitarlo antes de la fecha de vencimiento de la orden de protección original.

Algunas cortes requieren que haya violencia o amenazas nuevas para extender o renovar una orden de protección. Otras cortes le permiten extender o renovar una orden de protección si aún tiene miedo del abusador.

Si su Orden de protección civil de menores u Orden de protección de menores contra la violencia doméstica está por vencer porque el abusador va a cumplir 19 años de edad, y usted quisiera seguir teniendo una orden de protección civil vigente, tendrá que solicitar otro tipo de orden de protección. Obtenga más información sobre las otras órdenes de protección civil para saber si son aplicables para su caso.

Para obtener ayuda para extender o renovar una orden de protección, hable con un abogado.

Este proyecto fue financiado por las subvenciones números 2019-WF-VA1-8855 y 2020-WF-VA1-8855 de la Oficina de prevención de violencia contra la mujer del Departamento de Justicia de EE. UU. Las opiniones, determinaciones, conclusiones y recomendaciones expresadas en esta publicación son las del/de los autor(es) y no reflejan necesariamente el punto de vista del Departamento de Justicia de EE. UU.