Inmigración

Estatus humanitario para inmigrantes

Si teme o sufre de violencia, abuso o actividad delictiva en su país de origen, puede reunir los requisitos para recibir estatus humanitario, que le permite vivir en EE. UU. Obtenga más información sobre los requisitos para recibir estatus humanitario, como asilo, visas U, visas T, el programa VAWA y SIJS.

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Si teme o sufre violencia, abuso o crimen en su país de origen, puede reunir los requisitos para recibir estatus humanitario, que le permite vivir en EE. UU.

El estatus humanitario podría permitir que obtenga una residencia permanente legal (lawful permanent resident, LPR) de EE. UU. Si obtiene un estatus LPR, puede recibir una tarjeta de residencia permanente (también conocida como “tarjeta verde”). Además del estatus humanitario, hay otras maneras de conseguir una tarjeta verde. Obtenga información sobre otras maneras de conseguir una tarjeta verde.

Los tipos de estatus humanitarios pueden ser:

  • Asilo. Asilo es una protección para inmigrantes perseguidos que sufren o temen sufrir daño o maltrato en su país de origen.
  • Una visa U. Las visas U son para inmigrantes que son víctimas de delitos graves.
  • Una visa T. Las visas T son para inmigrantes víctimas de trata de personas.
  • El programa VAWA. La Ley de Violencia contra Mujeres (Violence Against Women Act, VAWA) permite a las sobrevivientes elegibles de violencia en el hogar convertirse en residentes permanentes legales (LPR, por su sigla en inglés) de EE. UU.
  • Estatus de joven inmigrante especial (Special Immigrant Juvenile Status, SIJS). SIJS es para inmigrantes víctimas de maltrato de menores.

Asilo

El asilo proporciona protección a personas que han sufrido persecución o temen ser perseguidos en el futuro:  La persecución puede consistir en amenazas, encarcelamiento, ataques físicos, abuso emocional, violencia sexual, soborno, extorsión económica u otro daño o maltrato en el país de origen debido a su:

  • raza;
  • religión;
  • opinión política;
  • nacionalidad;
  • pertenencia a otro grupo social(por ejemplo, ser homosexual o miembro de cierta tribu).

Las personas que sufren de persecución o temen ser perseguidas en su país de origen pueden solicitar asilo en EE.UU. Si el gobierno de EE. UU. aprueba su solicitud de asilo, puede quedarse en EE. UU. y obtener permiso para trabajar en EE. UU.

Algunas personas que sufren persecución pueden no ser elegibles para recibir asilo. Puede no ser elegible para recibir asilo si:

  • Deja pasar otra oportunidad para garantizar su seguridad. Puede no ser elegible para recibir asilo si pasa por otro país seguro antes de llegar a EE. UU. y no solicita asilo en dicho país seguro. Además, puede no ser elegible para recibir asilo si se radica en otro país antes de llegar a EE. UU.
  • Está solicitando nuevamente Puede no ser elegible para volver a solicitar asilo si su primera solicitud fue rechazada.
  • Tiene un historial de haber sido deportado de EE. UU. Puede no ser elegible para recibir asilo si tiene antecedentes de haber sido expulsado de EE. UU.
  • Es un perseguidor. No es elegible para recibir asilo en EE. UU. si tiene un historial de perseguir a otras personas.
  • Es una amenaza. No es elegible para recibir asilo si se lo considera una amenaza para la seguridad o la salud pública de EE. UU. o si tiene antecedentes de haber participado o apoyado actividades terroristas.
  • Es inadmisible. No es elegible para recibir asilo si es “inadmisible” (no tiene permitido estar legalmente en EE. UU>).
  • Ha sido acusado o condenado de delitos graves. No es elegible para recibir asilo si tiene antecedentes de haber cometido ciertos delitos graves.

El proceso de solicitud de asilo es complicado. Si quiere solicitar asilo, debería hablar con un abogado. Puede encontrar organizaciones sin fines de lucro que ofrecen ayuda legal gratis en su área en la siguiente página, bajo  "Ayuda legal y abogados."

Visas U para víctimas de delitos graves

Si es un inmigrante víctima de un delito grave, puede ser elegible para obtener una visa U para quedarse en EE. UU.

Una visa U permite a inmigrantes víctimas de delitos quedarse en EE. UU. y pedir permiso para trabajar, y puede abrir el camino para una residencia permanente legal (también llamada LPR, por su sigla en inglés, o tarjeta verde). Puede ser elegible para una visa U si:

  • Ha sido víctima de un delito grave, como violencia en el hogar, violación, agresión grave u otros.
  • Sufre física o mentalmente debido a un delito.
  • Puede obtener una certificación de las fuerzas del orden que confirma que usted ayudó a investigar o procesar el delito.

El proceso de solicitud de una visa U es complicado. SI quiere solicitar una visa U, debería hablar con un abogado. Puede encontrar organizaciones sin fines de lucro que ofrecen ayuda legal gratis en su área en la siguiente página, bajo "Ayuda legal y abogados."

Visas T para víctimas de trata de personas

La trata de personas ocurre cuando lo obligan a trabajar en contra de su voluntad porque alguien le miente o amenaza. La trata de personas puede ocurrir en cualquier sector de actividad, como restaurantes, agricultura, limpieza de casas, construcción, guardería y trabajo sexual.

Una visa T permite a inmigrantes víctimas de trata de personas quedarse en EE. UU. y pedir permiso para trabajar, y le puede permitir solicitar la residencia permanente legal (LPR) y obtener su tarjeta verde .

Puede ser elegible para una visa T si:

  • Es o fue víctima de trata de personas. Puede ser elegible para una visa T si es o fue víctima de trata de personas en EE. UU.
  • Coopera con una agencia del orden. Puede ser elegible para una visa T si coopera con una agencia del orden para investigar o procesar un delito. No es necesario que coopere si tiene menos de 18 años de edad o no puede ayudar debido a un trauma físico o psicológico.

El proceso de solicitud de una visa T es complicado. Si quiere solicitar una visa T, debería hablar con un abogado. Puede encontrar organizaciones sin fines de lucro que ofrecen ayuda legal gratis en su área en la siguiente página, bajo "Ayuda legal y abogados."

Ley de Violencia contra Mujeres (VAWA)

La Ley de Violencia contra Mujeres (VAWA, por su sigla en inglés) permite a sobrevivientes elegibles de violencia en el hogar convertirse en residentes permanentes legales (LPR, por su sigla en inglés) de EE. UU.

Los sobrevivientes elegibles pueden ser de cualquier sexo.

Para ser un sobreviviente elegible tiene que:

  • Haber sido maltratada por un ciudadano o LPR. La persona que la maltrató tiene que haber sido ciudadano o LPR de EE. UU. en los últimos 2 años
  • Tener una relación cualificada con la persona que la maltrató. Los sobrevivientes elegibles pueden ser el cónyuge, ex cónyuge, hijo/a o padre/madre de la persona que cometió el maltrato. Para ser elegibles, todos los sobrevivientes tienen que tener un historial de haber vivido con la persona que cometió el maltrato. 
  • Petición antes de la fecha límite. Si su matrimonio con la persona que cometió el maltrato terminó debido a fallecimiento o divorcio relacionado con el maltrato, tiene que solicitar una visa bajo VAWA dentro de 2 años.
  • Tener buen carácter moral. Para ser elegible, tiene que ser “una persona de buen carácter moral”. Tener buen carácter moral significa que se ajusta a las normas de un ciudadano promedio en su comunidad. Se considera que todos los menores hasta los 14 años de edad tienen buen carácter moral.

El proceso de solicitud de VAWA es complicado. Si quiere solicitar una visa bajo VAWA, debería hablar con un abogado. Puede encontrar organizaciones sin fines de lucro que ofrecen ayuda legal gratis en su área en la siguiente página, bajo "Ayuda legal y abogados."

Estatus de joven inmigrante especial (SIJS)

Si es un inmigrante víctima de maltrato, descuido o abandono de menores, puede ser elegible para el estatus de joven inmigrante especial (SIJS, por su sigla en inglés).

SIJS permite que las víctimas de maltrato de menores se queden en EE. UU. y soliciten un permiso de trabajo, y puede permitir que solicite la residencia permanente legal (LPR) y obtener su tarjeta verde.

Para ser elegible para SIJS, tiene que:

  • Ser menor de 21 años de edad. Tiene que ser menor de 21 años de edad y no puede estar casado.
  • No poder reunificarse con su familia. Tiene que no poder reunificarse con su familia debido a maltrato, descuido o abandono.
  • Ser declarado dependiente de una corte de EE. UU. o agencia estatal. Tiene que haber sido declarado dependiente de una corte de EE. UU. o haber sido legalmente recluido o puesto bajo la custodia de una agencia estatal o un individuo, y/o ser elegible para vivir en un hogar de crianza a largo plazo.

El proceso de solicitud de SIJS es complicado. Si quiere solicitar SIJS, debería hablar con un abogado. Puede encontrar organizaciones sin fines de lucro que ofrecen ayuda legal gratis en su área en la siguiente página, bajo  "Ayuda legal y abogados."

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