Formulario de CPO contra el acoso y delitos de índole sexual

Use este formulario para pedir una orden de protección civil contra el acoso o contra delitos de índole sexual.  

Cualquier persona que sea víctima de acecho o una infracción de naturaleza sexual puede solicitar una de estas órdenes. No tiene que haber un tipo de relación específica entre la víctima y el infractor. No hace falta que existan cargos o condenas penales contra el infractor para presentar una solicitud de orden de protección civil.

Obtenga más información sobre cómo estas órdenes lo pueden ayudar, cuál es el proceso y cuáles son los riesgos.

Este proyecto fue financiado por la subvención número 2022-WF-VA1-8855 de la Oficina de Prevención de Violencia contra la Mujer del Departamento de Justicia de EE. UU. Las opiniones, determinaciones, conclusiones y recomendaciones expresadas en esta publicación son las del/de los autor(es) y no reflejan necesariamente el punto de vista del Departamento de Justicia de EE. UU.

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Conozca lo que tiene que hacer cuando haya terminado de llenar este formulario.
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A continuación, haga lo siguiente:

Paso 1. Llene los formularios. Puede adjuntar páginas adicionales si necesita. La corte puede limitar su caso a los incidentes descritos en los formularios. Así que es importante que ponga todos los eventos.

Paso 2. Presente los formularios. Comuníquese con la Corte de alegatos comunes de la zona donde vive. Su corte puede tener otros formularios locales que tiene que presentar con su petición, así que pregúntele al secretario si se requieren más formularios antes de hacer la presentación.

Paso 3. Asista a la audiencia ex parte (si la solicitó). Si solicita una audiencia ex parte, la corte realizará una audiencia de emergencia el mismo día en que presentó la solicitud o el día después. El demandado no estará presente en la audiencia ex parte. En la audiencia, el juez revisará sus formularios y quizás le haga algunas preguntas. Después, el juez decidirá si usted necesita una orden de protección de emergencia ex parte que entre en vigor inmediatamente.

Paso 4. Complete la notificación legal. La “notificación legal” o “traslado” es cuando la corte le comunica oficialmente al demandado que usted pidió una orden de protección. Después de hacer su presentación, tiene que hacer el seguimiento en la oficina del secretario para verificar que se completó la notificación legal. Su caso no se puede considerar en una audiencia plena hasta que no se haya completado la notificación.

Paso 5. Asista a la audiencia plena. Ya sea que le hayan dado o no una orden de protección ex parte, la corte realizará una audiencia plena, generalmente dentro de 10 días hábiles. En la audiencia plena, usted puede dar testimonio y presentar pruebas, como testigos y documentación, para demostrarle al juez por qué necesita una orden de protección. Tiene que demostrar que las acciones del abusador han cumplido con los requisitos para dictar una orden de protección civil.